Carta fianza para licitaciones, qué es y cuánto te piden
Una carta fianza es un documento en el que un banco se compromete a pagarle a la entidad si tú no cumples tu contrato. En las licitaciones del Estado se usa como garantía de fiel cumplimiento, por el 10 % del monto del contrato, y la entregas antes de firmar. También puedes usar un seguro, un fideicomiso o, si cumples las condiciones, la retención de pago.
MissLicita no es la web oficial. La carta fianza la pides a tu banco o aseguradora. La norma está en gob.pe, Ley 32069 y su reglamento (OECE) . Aquí te lo explicamos en simple.
¿Qué es una carta fianza?
Una carta fianza es una garantía en la que un banco se vuelve tu fiador ante la entidad y se compromete a pagarle si tú no cumples.
Para la entidad es la seguridad de que, si algo sale mal, recupera el dinero. Para ti es un requisito para firmar, que tu banco te da según tu línea de crédito y sus condiciones.
¿Cuánto es la carta fianza en una licitación?
La garantía de fiel cumplimiento es del 10 % del monto del contrato original, y debe estar vigente hasta la conformidad de lo que entregas.
En obras debe seguir vigente hasta que quede consentida la liquidación final. Si el contrato tiene prestaciones accesorias, como un mantenimiento, se pide otra garantía por el 10 % de esas prestaciones.
Si pides un adelanto, lo garantizas por el mismo monto, con una vigencia mínima de 3 meses que renuevas hasta amortizarlo.
Cómo conseguir tu carta fianza para una licitación
- Revisa tus basesMira qué garantía piden, por cuánto y si aceptan la retención o un seguro.
- Habla con tu banco antes de postularLa carta fianza depende de tu línea de crédito. Pregunta cuánto te pueden dar, qué te piden y cuánto cuesta.
- Pídela con los datos exactosAl ganar la buena pro, pide la carta a nombre de la entidad, por el 10 % del contrato y con la vigencia que piden las bases.
- Entrégala y vigila su vencimientoLa entregas para firmar el contrato y la renuevas antes de que venza, porque si vence la entidad la ejecuta.
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¿Qué requisitos debe cumplir la carta fianza?
La carta fianza debe ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática, y la debe emitir una empresa supervisada por la SBS.
- Incondicional y de realización automática quiere decir que la entidad la cobra con solo pedirlo.
- La empresa que la emite debe tener una clasificación de riesgo B o superior y estar autorizada a emitir garantías.
- También vale la de un banco extranjero de primera categoría de la lista del BCRP.
- El banco debe pagarla dentro de 3 días hábiles de que la entidad la pide.
- Si no la renuevas antes de que venza, la entidad la ejecuta.
¿Cuándo no te piden carta fianza?
En contratos de bienes y servicios de hasta 50 UIT (S/ 275,000 en 2026) no se pide garantía de fiel cumplimiento, salvo las excepciones que indiquen las bases.
Tampoco en los contratos menores. Revisa siempre la sección de garantías de tus bases.
¿Qué alternativas hay a la carta fianza?
Además de la carta fianza, la Ley 32069 acepta el contrato de seguro, el fideicomiso y la retención de pago.
- Póliza de caución, un seguro con las mismas condiciones, emitido por una aseguradora supervisada por la SBS.
- Fideicomiso, solo si el contrato dura más de 90 días calendario.
- Retención de pago, si el contrato dura 60 días calendario o más, tiene al menos dos pagos y no pasa de S/ 480,000 en bienes y servicios o de S/ 5,000,000 en obras.
- Si eres MYPE, puedes usar la retención sin importar el monto.
¿También piden garantía para apelar?
Sí, para apelar la buena pro entregas una garantía del 3 % de la cuantía, y si eres MYPE inscrita en el REMYPE es del 0.5 %.
Si tu apelación sale a tu favor, te la devuelven.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta una carta fianza?
Depende de tu banco, de tu historial y del monto. Pide la cotización a tu banco antes de postular.
¿Puedo usar una póliza de caución en vez de una carta fianza?
Sí, el reglamento acepta el contrato de seguro en las mismas condiciones, emitido por una aseguradora supervisada por la SBS.
¿Una MYPE necesita carta fianza?
No necesariamente, si estás inscrita en el REMYPE puedes dar la retención de pago como garantía sin importar el monto.
¿Qué pasa si no renuevo la carta fianza?
Si no la renuevas antes de que venza, la entidad la ejecuta y cobra el monto.
Sigue leyendo
De dónde sale
- Ley 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, actualizada al 19/07/2026
- Reglamento de la Ley 32069 (DS 009-2025-EF), actualizado al 09/01/2026
- gob.pe, Carta fianza del Banco de la Nación
- SUNAT, Unidad Impositiva Tributaria 2026
- Bases estándar del MEF (RD 0001-2026-EF/54.01)
Actualizada el 12 de octubre de 2026. Verifica siempre en la fuente oficial.
Revisado por Gera Flores (Miss Yera), Ingeniera Industrial MBA, más de 13 años en analítica de datos e IA.